ICONOS FINALES-TRAZADOS

Autónomos que trabajan en su domicilio

Pueden deducir algunos gastos de titularidad y de suministros

Autónomos que trabajan en su domicilio

Si usted es autónomo y trabaja desde su domicilio, recuerde los gastos adicionales que podrá deducirse en su IRPF:

  • Gastos de titularidad. El primer grupo de gastos deducibles es el relacionado con la titularidad de la vivienda (IBI, seguros, amortización, intereses de préstamos por compra, comunidad...). Así, podrá deducir dichos gastos en proporción a la superficie que utilice en la actividad.
  • Gastos de suministros. El segundo grupo de gastos deducibles es el de los suministros (agua, luz, gas, teléfono, etc.). Aquí el cálculo de la parte deducible es distinto, y más restrictivo: primero deberá calcular la proporción entre la superficie utilizada para la actividad y la superficie total, y sobre esa proporción aplicar el 30%: el resultado final será el porcentaje de gastos por suministros que se podrá deducir como gasto.

 

 

Suscríbase a Nuestra Newsletter

* Campos obligatorios.

Protección de datos personales.


Responsable del tratamiento: ANGULO BUSINESS GROUP ASESORES, S.L.U., B35773357
CALLE SENADOR CASTILLO OLIVARES, Nº 14-16, PLANTA 2ª - OFICINA 4 , LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Finalidad: Gestión integral administrativa de la Newsletter. Legitimación: Consentimiento del interesado. Destinatarios: no está prevista la cesión de datos y no existe transferencia internacional de datos. Derechos de los interesados: Acceder, rectificar, suprimir, oponerse, portabilidad y limitación del tratamiento.

Información adicional: Ver la Política de Privacidad aqui


Desliza para activar el botón